Distintas manifestaciones del derecho de receso en S.A.S.
DOI:
https://doi.org/10.70198/revistajuridica.vol1.N1.2025.598Palabras clave:
SAS, recesoResumen
La Ley 27.349 regulatoria de la sociedad por acciones simplificada autoriza un mayor empleo de la autonomía de la voluntad comparativamente con el régimen de la Ley General de Sociedades. En este contexto, consideramos válida la estipulación estatutaria que prevea el funcionamiento y los alcances del ejercicio del derecho de receso. Ahora bien, cuando esta potestad esencial del accionista no se encuentre regulada, aunque con ciertas dificultades, la LGS nos brinda el marco normativo supletorio a ese fin. No obstante, el mayor problema lo advertimos con relación a los herederos incorporados a una compañía cuando la previsión limite, restrinja u obstaculice su ejercicio. Para este supuesto, estimamos una solución adecuada a la inoponibilidad de las cláusulas restrictivas frente a los sucesores.
